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31 mar 2014

Acta del día 31 + Normativa Consejo Estudiantes


Puntos del Orden del día:
  • Parón 9 de Abril
  • Sesión plenaria CEUEx (normativa, aprobaciones etc)

Problemas con comisiones en Educación


- 9 de Abril: Parón académico y clases fuera: 

-Charlas para la semana: Se habla de intentar cuadrar todas las actividades y se ponen en común:

  • Educación: Andrés Ángel , martes 8 (LOMCE para maestros y debate posterior), Taller sobre educación, otro enfoque, Clara (captación de alumnos fuera), Enrique Iglesias (Política, currículum y sociedad), Inma Casado (maestra pasada con tema desconocido), Lorenzo J. Blanco Nieto (Comparación leyes educación), Jorge (Eliminación de Artes en la educación). ¿Becas ERASMUS? Sobre el Informe PISA hablar con Miguel Escobar.
  • Medicina: Charla Plataforma para Sanidad Pública, día 9. Morán (Tema desconocido), Llerena (Farmacéuticas???). Profesores de Fisio?  Cine Debate?
  • ITI: Ongawa, Proyección de documental y debate.
  • Ciencias: Proyección del Documental “La doctrina del Shock”, Hablar con Paco Centeno. Investigación? 

-Cartelería y difusión por redes sociales: Equipo de trabajo para cartelería Adri, Santi y Sergio.

Se determina terminar de cuadrar los horarios el jueves próximo a las 15:00 en Ciencias.

Nueva normativa del CEUEx con anotaciones:



  • Artículo 1: ¿Quién o qué determina los intereses del estudiante? ¿Cuáles son los verdaderos intereses? Que quede reflejado, bien definido.


  • Artículo 3: ¿Cuáles son los derechos y deberes del estudiante? Poca definición. ¿Qué es de interés y qué no es de interés? ¡¡¡¡¡¡TODO ES IMPORTANTE!!!!!!



  • Artículo 4: ¿Por  qué un fallo particular o declaración individual tiene que ser responsabilidad de todo el CEUEx si no es verdaderamente su postura? Cada uno debe hacerse de sus actos. Todas las declaraciones oficiales deben ser consensuadas entre todos los miembros, sino fuese así, se deberá tratar de una actuación personal.



  • Artículo 5: De nuevo, ¿quién dictamina cuales son los intereses de los estudiantes? Seguidamente, ¿por qué en la medida de sus posibilidades se debe realizar el cumplimiento de los deberes? Si dicho representante no pudiese realizarlos, que delegue su función en dicho momento.Afirma que se debe hacer el buen uso de la información recibida, respetando la confidencialidad. Si es de interés estudiantil, ¿a qué artículo nos acogemos? Si se trata de un dato confidencial en el sentido de que algún estudiante dé sus datos frente a reclamaciones, procesos burocráticos, etc. Obviamente no se podrán dar los datos privados del estudiante; por lo tanto, se debe especificar qué no es y qué si es confidencial.  El resto de datos, tipo económicos, políticas,… deberán ser totalmente públicas y transmitirse al estudiante.



  • Artículo 6: Además, deberán velar por la defensa de las políticas públicas.



  • Artículo 9: Es el CEUEx el único capacitado para cesar al Delegado o a la Delegada. ¿Y el resto de los estudiantes? El CEUEx tendrá poder de decisión sobre todos los órganos de representación estudiantil de la UEx, por lo que no habrá independencia de los mismos. ¿Podrán elegir, cesar a un miembro del consejo Central de Estudiantes, o a cualquier representante de cualquier órgano de representación universitaria? Es necesaria la especificación de este apartado. De nuevo, ¿cuáles son los derechos de los estudiantes? No hay especificación. Elaboran las normas del consejo de Estudiantes, aprobándose en Consejo de Gobierno. Es necesaria primeramente la aprobación por parte del estudiante, tener en cuenta los puntos que se debatan, más directamente, tipo referéndum. Una vez tratadas por los universitarios, ya se deberá realizar el paso de aprobación en Consejo de Gobierno. ¿Debatir las ideas de los estudiantes? Hay que tenerlas siempre en cuenta. ¿No ponemos en conocimiento del estudiante del incumplimiento de la normativa? ¡Es el que más debe estar informado! ¿Participar en el desarrollo de los estatutos que afecten a los estudiantes? Todo afecta al estudiante. En varios puntos se habla de ello cuando afecte al estudiante, todo afecta al estudiante. Además, habla de participación en determinados procesos. ¿De verdad va a tener voto el Consejo de Estudiantes en aquello en lo que “participe”? ¿En qué medida se da esa participación?



  • Artículo 10: Amplían el número de componentes de la comisión permanente. En el momento en el que la mayoría de las vocalías sean de interés del Delegado o Delegada el poder del CEUEx estará apoyado en la decisión del mismo, pudiendo pasar una decisión de mayoría simple a absoluta, y sin tener en cuenta a los demás componentes del CEUEx.

  • Artículo 14: Ahora el cargo de Delegado/a será de dos años. Dudas: ¿Solo el CEUEx tiene la capacidad para ejecutar el cese? ¿Y si el estudiante está de Erasmus o Séneca?

  • Artículo 15: "La Junta Electoral será la encargada de determinar quienes ocupan los nuevos cargos" O_o

  • Artículo 17: En el punto 1 dice que la fijación del orden del día, hora y lugar de celebración, al menos, con cinco días hábiles de antelación, y en caso de reuniones extraordinarias, dos días. Y en el punto 4 "A petición de los miembros del CEUEx se podrán incluir puntos en el Orden del Día de las siguientes sesiones del Pleno con diez días naturales de anterioridad a que estas hayan sido
    convocadas
    ". Vemos que la cosa va a estar complicada.








BORRADOR DE LA NORMATIVA DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA